Cortesía: nsarchive.gwu.edu/
La decisión del Tribunal Superior de Antioquia que revocó la absolución y condenó a Santiago Uribe Vélez a 28 años y 4 meses de prisión por su presunta participación en la creación y dirección del grupo paramilitar conocido como Los 12 Apóstoles lo dejaría al borde de pagar una «prisión perpetua» por su edad, según el abogado Juan Felipe Amaya.
Para el abogado Juan Felipe Amaya, que lleva el caso desde hace 15 años —y que participó en la etapa inicial con el equipo del doctor Jaime Granados— la sentencia no solo resulta sorprendente, sino que, de confirmarse, para la edad del procesado equivaldría prácticamente a una prisión perpetua. “Hemos tratado de respetar y ser respetuosos de las decisiones judiciales tanto cuando nos favorecen como cuando nos perjudican”, dice el defensor. Aun así, añade, “esta decisión trae consigo una injusticia mayúscula… aquí lo que está sucediendo es que están condenando a 28 años de prisión a un ciudadano que es inocente”.
El abogado explica que, a su juicio, la acusación construida durante la Fiscalía —en la administración del exfiscal Eduardo Montealegre— se basó en testimonios que, con el tiempo, han mostrado ser poco confiables o insuficientes para sostener una condena de esta magnitud. Según su relato, la sentencia de primera instancia había descartado la credibilidad de los testigos directos que supuestamente vinculaban a Uribe con los hechos por los cuales fue inicialmente juzgado. En consecuencia, los testimonios “de respaldo” presentados por la Fiscalía no tendrían la fuerza probatoria necesaria.
La sentencia del tribunal, por el contrario, valoró declaraciones de exjefes paramilitares y testimonios que la Fiscalía aportó como respaldo para reconstruir el rol de Uribe en la organización. Entre los nombres citados por la providencia se mencionan, según el fallo, testimonios atribuidos a jefes paramilitares y otros testigos que el tribunal consideró consistentes para justificar la condena.
El abogado subraya que muchos de esos testigos de respaldo —dice— han sido detenidos o extraditados en contextos que, según él, requieren un análisis crítico sobre su credibilidad y posibles motivaciones. Además, sostiene que varios de los testigos directos cuya reputación fue cuestionada en primera instancia eran quienes, en el expediente, aportaban la conexión más directa entre Uribe y los hechos concretos que se investigaron. (Fragmentos de la entrevista).
¿Qué efectos inmediatos tiene la sentencia?
En términos prácticos, la condena dicta una orden de captura, pero el abogado señala que esa medida está condicionada por el trámite de impugnación: la sentencia no es en este momento de plena y absoluta firmeza, pues la defensa tiene derecho a interponer un recurso especial de impugnación que permite que la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia revise de fondo la decisión tomada en segunda instancia. Mientras ese recurso se tramita, y hasta que no exista una confirmación definitiva, se mantiene la presunción de inocencia y ciertas garantías procesales.
La figura de la impugnación especial —explican fuentes judiciales y doctrinarias— se ha incorporado en los últimos años como un mecanismo para que una persona condenada por primera vez en segunda instancia pueda ejercer un control jurisdiccional más amplio sobre ese fallo, distinto del recurso de casación tradicional, que se limita a causales más restrictivas. En la práctica, esto implica que la defensa podrá solicitar que la Sala de Casación Penal examine los hechos, las pruebas y los argumentos sin sujetarse exclusivamente a las causales estrictas de casación.
Tras revisar la sentencia —dice el abogado— observó “superficialidades” y “errores crasos” en la valoración de la prueba que ponen en duda que el tribunal haya hecho un examen verdaderamente juicioso del voluminoso expediente. Señala que, si se va a tomar una decisión tan grave como privar de la libertad a una persona por casi tres décadas, el análisis probatorio debe ser escrupuloso.
El caso de Santiago Uribe vuelve a encender tensiones en la opinión pública sobre la memoria del conflicto armado y la imputación de responsabilidades a figuras vinculadas a círculos políticos y económicos locales. Para la Fiscalía y para el tribunal, la reconstrucción judicial apunta a prácticas delictivas que tuvieron impacto colectivo en el norte de Antioquia; para la defensa, la condena carece de base probatoria suficiente y debe ser revisada por la Corte Suprema mediante la impugnación especial.
Qué sigue
La defensa ya prepara los recursos procedentes para impugnar la sentencia; la Corte Suprema definirá si admite el trámite de impugnación especial y, en su caso, si confirma, modifica o revoca la decisión del Tribunal Superior de Antioquia. Mientras tanto, la discusión mediática y jurídica continuará, con los defensores insistiendo en la necesidad de un análisis más detallado de la prueba y las víctimas y la Fiscalía sustentando la coherencia del fallo que, según la sentencia, demuestra la responsabilidad de Uribe en delitos graves cometidos en los años noventa.



